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PROTECCIÓN DE DATOS PARA EMPRESAS EN BURGOS

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Desde protecciondedatosempresas.net, queremos dar contestación a la preguntas y dudas que todavía hoy en día tienes a cerca del cumplimiento sobre el nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), si después de haber leído nuestro artículo todavía te quedan dudas podrás consultar con nosotros en protecciondedatosempresas.net estando ahora mucho más cerca de ti desde nuestras sucursales de Burgos, Miranda del Ebro, Aranda de Duero, Briviesca, Medina de Pomar, Villarcayo de Merindad, Valle de Mena, Lerma, Roa, Espinosa de los Monteros, Quintanar de la Sierra, Belorado, Villadiego, Salas de los infantes, Villadiego, Melgar de Fernamental, etc.

Vamos a contestar a las preguntas más frecuentes que nos hacen nuestros clientes.

 

Si mi empresa tiene una base de datos personales, constituido antes del 25 de mayo de 2018. En ese caso, ¿no se aplicarían las normas del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) sobre todo en relación con el consentimiento de los clientes)?

 

Las reglas del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) se aplicarán a cualquier dato personal recogido en la empresa, independientemente de la fecha en la que fue recogido. Por eso, deberemos realizar un estudio de los datos personales existentes hasta ese momento y, a partir de la entrada en vigor del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), tomar las medidas adecuadas. Probablemente, cabe la posibilidad de que la empresa tenga que pedir el consentimiento a los titulares de esos datos por su posesión o, y en caso de no poder realizarse, en última instancia se procederá a borrarlos (salvo si hay alguna implicación legal que lo impida).

 

En caso de tener los datos de un cliente que ha comprado por primera vez en mi tienda, antes del 25 de mayo 2018 y tenía una ficha de cliente con los respectivos datos personales. ¿Tendré que solicitar el consentimiento a esos datos para poder cumplir con el nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)?.

 

Sí, en este caso que ya disponemos de una autorización de datos, sólo se necesitará firmar de nuevo otra autorización si esos datos van a utilizarse para otros fines distintos a los de la mera facturación.

 

En mi empresa hicimos una campaña especial con fecha de inicio del 27 de mayo de 2018, y recogimos datos de 5000 clientes potenciales, en este caso sería necesario que pida el consentimiento a cada uno de los titulares de los datos.

 

Sí, recoger el consentimiento de autorización es obligatorio para que den su conformidad y cumplir con el nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). En el artículo 6 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) lo establece claramente que solo se pueden tratar y utilizar datos personales en el caso de que el titular haya dado su, consentimiento para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos que se enumerarán en el consentimiento. Las únicas excepciones son las relacionadas con los datos legales a efectos de contratos o facturación, por ejemplo.

Si aún te queda alguna pregunta podrás en contacto con nosotros en protecciondedatosempresas.net y ahora todavía más cerca de ti con nuestras nuevas sucursales en Burgos, Miranda del Ebro, Aranda de Duero, Briviesca, Medina de Pomar, Villarcayo de Merindad, Valle de Mena, Lerma, Roa, Espinosa de los Monteros, Quintanar de la Sierra, Belorado, Villadiego, Salas de los infantes, Villadiego, Melgar de Fernamental, etc.

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